El proceso de envío de pacientes entre el servicio de consulta externa de medicina familiar y el servicio de atención médica continua en el IMSS se encuentra bien establecido en los diversos ordenamientos internos así como en las normas oficiales mexicanas aplicables, pero es necesario que el personal involucrado lo conozca bien con el fin de evitar contratiempos durante el proceso de referencia-contrareferencia dentro de la unidad.
Ley General de Salud. Artículo 32. Diario Oficial de la Federación 7 de febrero de 1984. [Consultado el 20 de noviembre de 2018]. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142_120718.pdf
Instituto Mexicano del Seguro Social. Norma que establece las disposiciones para la prestación de la atención médica en las unidades de medicina familiar. Distrito Federal, México: IMSS; 2010. [Consultado el 20 de noviembre de 2018]. Disponible en: http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/transparencia/resoluciones/RDA-1278-16-1de6.pdf
NORMA Oficial Mexicana NOM-027-SSA3-2013, Regulación de los servicios de salud. Que establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos para la atención médica. [Consultado el 20 de noviembre de 2018]. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5312893&fecha=04/09/2013
NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico. Numeral 4.6. [Consultado el 20 de noviembre de 2018]. Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5272787
Instituto Mexicano del Seguro Social. Reglamento de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social. Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, México: IMSS; 2006. [Consultado el 20 de noviembre de 2018]. Disponible en: http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/reglamentos/4045.pdf